La Iglesia Católica Dominicana y su incidencia en las Relaciones Internacionales

Con el presente artículo se realiza un esbozo de la incidencia de la Iglesia Católica  Dominicana en el contexto de las Relaciones Internacionales, haciendo uso de dos Etapas que enmarcan un contexto histórico, de ahí que las mismas están diferenciadas una de la otra: 

La Primera Etapa, que está enmarcada en la Era Colonial del siglo XVI, cuando el poder Supranacional del Papado era el Poder Político máximo en el modelo pre-Westfaliano, y  la Segunda Etapa, que se desarrolla en un modelo surgido en el contexto del paradigma Westfaliano donde la Santa Sede deja de ser Poder Supranacional y pasa a ser Sujeto Actor de la Comunidad Internacional y  sujeto del Derecho Internacional, integrando a  sus iglesias un papel social que, en ocasiones, tienen alcance Regional o Mundial.
Este tema, tan escabroso, ha sido recogido en muchas encíclicas (1). Exponemos a continuación algunas de ellas: Inmortale Dei (1885), Sapientiae christianae (1890), Au milieu des solicitudes (1892), todas del Papa león XIII, Vehementer Nos (1906) de S. Pío X,  Mit Brennender Sorge (1937) del Papa Pio XI, y otros documentos no menos importantes que han servido de guía espiritual para enfocar este complejo y contradictorio proceso de la relación político-eclesial entre la forma de conducir los gobiernos de la Iglesia y el Estado, su concreción en leyes y su factibilidad en la práctica.
Como punto de inicio para describir la dimensión de la Iglesia Católica en Santo Domingo en el contexto de las Relaciones Internacionales se debe buscar como referencia la Era Colonial, precisamente en el  último Domingo de Adviento de diciembre de 1511, con el Sermón de Fray Antonio de Montesinos,  considerada la primera reclamación en lucha por los derechos de gente en América, cuyo impacto e influencia abre paso a las discusiones formales desarrolladas en la Universidad de Salamanca en el siglo XVI, dando origen al desarrollo del concepto de los Derechos de Gentes que, posteriormente, pasará a ser Derechos Humanos que se definiría y adaptaría formalmente como Universal tras la Revolución Francesa.
Cabe destacar que con la llegada de los Dominicos en  1510, constituida por Fr. Pedro de Córdoba, Fr. Bernardo de Santo Domingo y Fr. Antonio de Montesinos, se cumple con el objetivo de realizar su misión de catequesis y predicación, sin las demás autoridades coloniales sospechar que se llevará a cabo el Plan Pastoral de estos Dominicos con la denuncia de los abusos de los hacendados y el mismo gobierno colonial, teniendo como consecuencias directa las treinta y cinco leyes de Burgos u Ordenanzas para el tratamiento de los indios (23 de Enero de 1513). (Saez, 2012)
Estas leyes y la mediación del Obispado de Santo Domingo: Sebastián Ramírez de Fuenleal y el Deán Rodrigo de Bastidas dan base a la primera negociación internacional entre la Corona Española y un súbdito en América, el cacique Enriquillo, quien era cabeza de un grupo sublevado en Bahoruco.
La Iglesia Dominicana durante la Anexión
En 1862 el Arzobispo Portes es expulsado por declarase en contra de la anexión. (Saez, Cinco Siglos de la Iglesia en Santo Domingo 1496-1996, 2012) Como sucedió con varios sacerdotes y religiosos que se opusieron a la anexión y se resistieron además a las medidas dispuestas por el Arzobispo español Bienvenido de Monzón. Esta actitud de la Iglesia da mayor legitimidad al descontento del pueblo por la anexión y las medidas alejadas de la realidad social del nuevo gobierno Español. (Saez, 2012)
La Era Republicana Actual
Si bien el punto más alto de las relaciones bilaterales del Estado con la Iglesia es el Concordato firmado en 1954 donde en su Artículo II numeral 1: El Estado Dominicano reconoce la personalidad jurídica internacional de la Santa Sede y del Estado de la Ciudad del Vaticano. Fortaleciendo la presencia de la Iglesia en la vida Republicana, las transformaciones de la Iglesia a través del Concilio del Vaticano II y las Conferencias del Episcopado (Vatican.va, 2015). El concordato no era nada nuevo en la historia de la Iglesia Católica, ya se habían firmado muchos concordatos antes de éste. Este cuerpo legal, facilita, regula y delimita las actividades de la Iglesia Católica con respecto al Estado, se firma por parte de la Santa Sede y del Jefe del Estado que se trate, y se analizan temas de mutuo interés, aclarando jurídicamente los aspectos necesarios para ambas partes.  Como es un documento legal, cobra carácter de ley y sirve para amparar a ambas partes.
La firma del Concordato se realizó en el Vaticano, para lo cual Trujillo viajó a la Santa Sede y firmó el documento junto a Monseñor Doménico Tardini nombrado por el papa Pío XII para tal actuación.
En 1960 se lanzan dos documentos que dan un giro a  las relaciones con el gobierno de Trujillo, con el lanzamiento de dos Cartas Pastorales Colectivas del Episcopado Dominicano (25 y 28 de Enero de 1960) , retomando el Liderazgo Moral  con la activa participación Sacerdotes o Religiosos así como seminaristas que causaría la expulsión de varios de ellos y la expulsión de cuatro comunidades religiosas, actitud que de acuerdo a José Luis Sáez “No se alejaba de tanto de la  actitud  asumida en el siglo XIX por algunos eclesiásticos a propósito de Movimiento Separatista” que conformaría a la nación dominicana. (Saez, 2012)
Durante las décadas de los 60, 70 la iglesia dominicana experimenta un nuevo crecimiento, adaptándose a los nuevos tiempos propuestos por el Concilio Vaticano II 1962-1965), en los que el Arzobispo Beras formo parte de la comisión Preparatoria de dicho Concilio, la II y III Conferencia General del Episcopado Latinoamericano celebrados en Medellín 1968 y Puebla en 1979.
La Iglesia ha servido de mediadora en la vida política, social y económica de la Republica Dominicana, con capacidad de trascender a la transformación de la misma como es el caso del Diálogo Tripartito (Estado, Empresarios y Sindicatos) celebrado en 1988 y las crisis post Electorales para los años 1990 y 1994.
La Iglesia en sí puede ser vista como un actor diverso de las Relaciones Internacionales, capaz de transformar sociedades de participar independencias, proteger los Derechos Humanos, trascendiendo a los diversos actores Internacionales como es el Estado y el Individuo. Por medio de la acción que trasciende el Hombre hacia el Pueblo, como así lo señalaba el papa Juan Pablo II en sus Cartas Encíclicas  “Sollicitudo rei sociales y  Centesimus annus”: El campo de los derechos del hombre se ha extendido a los derechos de los Pueblos y de las Nacionesen búsqueda del bien común. (Vatican.va, 2015)
Referencias bibliográficas consultadas:
Brito, M. P. (2012). Síntesis de la Historia de la Iglesia en Santo Domingo. Santo Domingo: Buho.
Saez, J. L. (2012). Cinco Siglos de la Iglesia en Santo Domingo 1496-1996. Santo Domingo: Buho.
  1. Todo lo relacionado con las encíclicas y documentos normativos de la Iglesia Católica, puede consultarse en la página del Vaticano.  www.vatican.va

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